Es el documento más importante del proceso electoral, donde se registran los hechos y actos que ocurren en cada mesa de sufragio, desde la instalación hasta el cierre de la votación. Consta de tres partes o secciones: Acta de Instalación, Acta de Sufragio y Acta de Escrutinio. (Transparencia Manual Electoral 2006 p. 48(47)).
Información Electoral
Es el conjunto de actividades que se realiza el día de las elecciones en las mesas de sufragio. (Transparencia Manual Electoral 2006 p.51 (50)).
| Fecha | Tipo de elección | País |
|---|---|---|
| 05 Febrero | Consulta Popular Cantón de Concordia | Ecuador |
| 11 Marzo | Elecciones Municipales y Legislativas | El Salvador |
| 20 Mayo | Elecciones Presidenciales | República Dominicana |
| 1 Julio | Elecciones Presidenciales y Legislativas | México |
| 1 Octubre | Elecciones Municipales para Alcaldes y Concejales | Brasil |
| 07 octubre | Elecciones Presidenciales | Venezuela |
| 28 de Octubre | Elecciones Municipales (alcaldes, consejales, consejeros regionales) | Chile |
| 06 Noviembre | Elecciones Presidenciales | Estados Unidos |
| Noviembre | Elecciones Generales | Puerto Rico |
| 17 Noviembre | Elecciones Primarias en Partidos Políticos | Honduras |
Conjunto de actividades (manifestaciones públicas, reuniones, elaboración de planes y materiales, propaganda electoral…) que las organizaciones políticas realizan durante un período electoral determinado. (Transparencia Manual Electoral 2006 página 21(20)).
Ciudadano que aspira a desempeñar una función pública a través del voto popular (Glosario ONPE)
Son aquellos que contienen la relación de todas las fórmulas y listas de candidatos. Se distribuyen en todos los distritos, y se fijan en las oficinas y lugares públicos, desde 15 días antes de la fecha de elecciones.
(Transparencia Manual Electoral 2006 página 48(47))
Documento a través del cual el ciudadano vota.
(Glosario ONPE)
(Transparencia Manual Electoral 2006 página 45(44))
Es la operación matemática que reparte o asigna los cargos o escaños según los votos obtenidos.
(Transparencia Manual Electoral 2006 página 75(74))
Es una estimación de aspectos cualitativos del proceso y de los resultados de la votación presidencial, a partir de los votos contados en un conjunto de mesas, que integran una muestra representativa del total de mesas del país.
(Glosario ONPE)
Calendario completo de actividades vinculadas a las Elecciones Regionales y Municipales 2010 y a las Elecciones Generales de 2011.
Son los actos u omisiones que afectan la limpieza, libertad
y transparencia de un proceso electoral. Tienen una sanción prevista por ley para el autor del delito.
(Transparencia Manual Electoral 2006 página 77(76))
La elección del alcalde y regidores de los concejos municipales provinciales y distritales del país. Su mandato es de 4 años y los cargos son irrenunciables.
(Transparencia Manual Electoral 2006 página 8(7))
Modo democrático para elegir al presidente, vicepresidente y consejeros regionales (Glosario ONPE).
Es la elección del Presidente, Vicepresidente y los miembros del Consejo
Regional en cada región (departamento) del país, y en la Provincia Constitucional del Callao.
(Transparencia Manual Electoral 2006 página 7(6))
Conducción política general o ejercicio del poder (Glosario ONPE).
Acción y efecto de gobernar una municipalidad. Las responsabilidades de los gobiernos municipales incluyen:
Planificar y promover el desarrollo urbano y rural.
Administrar y reglamentar los servicios públicos locales.
Aprobar su organización interna y su presupuesto institucional.
Aprobar el Plan de Desarrollo Concertado Municipal y el Presupuesto Participativo.
Ejecutar y supervisar la obra pública local.
Promover y regular los mecanismos y espacios de participación ciudadana.
Brindar servicios de seguridad ciudadana, en coordinación con la Policía Nacional.
(Transparencia Manual Electoral 2006 página 7 (6)).
Acción y efecto de gobernar una región (Glosario ONPE). Los gobiernos regionales:
Planifican el desarrollo integral de su región y ejecutan los programas socioeconómicos correspondientes.
Formulan y aprueban el Plan de Desarrollo Regional en coordinación con los gobiernos locales y la sociedad civil de su región.
Aprueban su organización interna y su presupuesto institucional.
Promueven y ejecutan inversiones públicas.
(Transparencia Manual Electoral 2006 página 8 (7)).
Una lista cerrada significa que el elector puede votar sólo por una lista. Es decir, no puede votar por más de una lista o listas distintas (ello anularía su voto). Una lista bloqueada es una lista en la que el orden en que se presentan los candidatos en la lista es invariable.
(Transparencia Manual Electoral 2006 página 74(73))
La que consta de más de la mitad de los votos (Real Academia Española)
Lugar donde se acreditan los electores para emitir su voto. En la mesa de sufragio se reciben los votos, se realiza el escrutinio, y se llenan las Actas Electorales. (Glosario ONPE)
Los miembros de mesa son ciudadanos elegidos mediante sorteo público realizado por la ONPE, que conducen el desarrollo de la votación.
(Transparencia Manual Electoral 2006 página 28(27))
Son un grupo o conjunto de grupos con afinidad de criterios, intereses y aspiraciones que se constituyen y accionan con el fin primordial de alcanzar el poder político. La idea de movimiento va asociada a la acción colectiva, a la expresión dinámica de las demandas y a la reafirmación pública de las tendencias. La idea de movimiento político se asocia con lo anterior, referido específicamente, a la finalidad de obtener el poder. Los movimientos políticos pueden ser múltiples y variados pero todos deben tener en común algunas características consideradas fundamentales para ser ubicados en los procesos políticos específicos. Es importante precisar que los movimientos políticos son grupos en movimiento, lo cual sirve para desestimar la connotación estática de llamar movimientos a grupos que no se mueven o que lo hacen esporádicamente. Otra precisión importante es la asociación entre movimiento político y poder, lo que nos permite excluir de la terminología las revueltas y los motines que son más dispersos y de menor alcance.
Revisa el texto original en la web del IIDH
Observa y da testimonio sobre los actos ocurridos en una cantidad determinada de mesas durante la jornada electoral.
(Transparencia Manual Electoral 2006 página 36(35))
| JNE | ONPE | RENIEC |
|---|---|---|
| Impartir justicia electoral | Organizar y ejecutar los procesos electorales | Preparar y mantener actualizado el padrón electoral en coordinación con la ONPE |
| Fiscalizar la legalidad del proceso electoral | Dictar disposiciones para mantener el orden y la protección de las personas durante los comicios | Entregar el Documento Nacional de Identidad |
| Crear los Jurados Electorales Especiales para un proceso electoral | Capacitar a los miembros de mesa y a la ciudadanía en general | |
| Proclamar los resultados o declarar la nulidad del proceso electoral | Obtener los resultados de los procesos electorales y remitirlos al JNE | |
| Desarrollar programas de educación electoral de manera permanente e ininterrumpida | Desarrollar campañas de educación electoral y formación ciudadana en época electoral y no electoral |
| JEE - Jurado Electoral Especial | ODPE - Oficina Descentralizada de Procesos Electorales |
|---|---|
| Impartir justicia electoral en primera instancia | Ejecutar las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos electorales |
| Declarar en primera instancia la nulidad de un proceso electoral | Designar a los miembros de mesa, entregarles sus credenciales y capacitarlos |
| Fiscalizar la legalidad del ejercicio del voto y de la realización de los procesos electorales | Determinar los locales de votación y distribución de las mesas de sufragio |
| Inscribir las listas de candidatos al Congreso de la República | Entregar las actas y demás materiales necesarios para el acto electoral |
| Proclamar los resultados de un proceso electoral en su jurisdicción | Procesar los resultados electorales |
Todas las organizaciones políticas de alcance nacional, regional, local provincial o local. Éstas a su vez pueden ser partidos políticos, movimientos políticos, agrupaciones políticas independientes o alianzas políticas, inscritas en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones (JNE). (Glosario ONPE)
Son asociaciones de ciudadanos que constituyen personas jurídicas de derecho privado cuyo objeto es participar por medios lícitos, democráticamente, en los asuntos públicos del país dentro del marco de la Constitución Política del Estado y de la presente ley.
Son los representantes de las agrupaciones políticas que participan en las elecciones (Glosario ONPE)
Para ser candidato a alcalde o regidor de los gobiernos municipales se requiere:
- Ser ciudadano en ejercicio y tener Documento Nacional de Identidad.
- Domiciliar en la provincia o el distrito donde se postule, cuando menos dos años continuos. En caso de domicilio múltiple rigen las disposiciones del Artículo 35* del Código Civil.
**Los extranjeros mayores de 18 años residentes por más de 2 años continuos previos a la elección, pueden elegir y ser elegidos, excepto en municipalidades de frontera. Para ello deben estar inscritos en el Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Perú (Res. 1155-2006-JNE). ara ejercer este derecho, el extranjero se identifica con su respectivo carné de extranjería.
*Código Civil
Artículo 35º.- Persona con varios domicilios.
A la persona que vive alternativamente o tiene ocupaciones habituales en varios lugares, se le considera domiciliada en cualquiera de ellos.
Fuente: Ley de Elecciones Municipales, Nº 26864; Resolución Nº 1155-2006-JNE
Gobiernos regionales
Para ser candidato a cualquier cargo a los gobiernos regionales se requiere:
- Ser peruano, nacido o con residencia efectiva en la región en la que postula con un mínimo de tres años.
- Ser mayor de 18 años para miembros del Consejo Regional.
- Ser mayor de 25 años para Presidente y Vicepresidente de Región.
- Gozar del derecho de sufragio.
- Estar inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil en el departamento que se postula.
**Los extranjeros no pueden ser candidatos en las elecciones regionales.
Fuente: Ley de Elecciones Regionales, Ley Nº 27683; Resolución Nº 860-2006-JNE.
Es una forma de votación basada la utilización de componentes de hardware y software que permiten automatizar los procesos de comprobación de la identidad del elector, emisión del voto, conteo de votos, emisión de reportes de resultados; así como de una red de comunicaciones para la transmisión y presentación de resultados de un proceso electoral. (Página web ONPE)
