Boletín Informativo N° 3 – Marzo 2005  
 
Las Juntas de Coordinación Interregional

El Congreso de la República aprobó el 10 de junio del 2004 la Ley de Incentivos para la Integración y Conformación de Regiones. En esta ley se establecen los nuevos cronogramas y procedimientos para la conformación de regiones, además define los objetivos y las funciones de las Juntas de Coordinación Interregional (JCI) así como los incentivos tributarios para su creación.

¿Qué es la Integración Regional?

Es la unión de dos o más departamentos para la creación de una unidad geográfica y económicamente sostenible (Región) que busca crear mejores condiciones para el desarrollo regional del país

El procedimiento que establece la Ley para la creación de regiones es el siguiente:
 

  - Las regiones ya establecidas deben conformar Juntas de Coordinación Interregional (JCI)
  - Las JCI presentan su expediente técnico ante el CND sustentando la viabilidad de la Región.
  - El CND evalúa y aprueba o no el expediente.
  - El JNE convoca a Referéndum para las solicitudes aprobadas.
  - Se realiza el Referéndum para la ratificación final de la conformación de la Región.


 

El referéndum se realiza sólo en los departamentos involucrados en la creación de la nueva Región. Hasta el momento, se tienen programados tres referéndum para la creación de nuevas regiones, el primero es este año, y los siguientes serán en el 2009 y el 2013.

 

Cuadro 3
Cronograma para la conformación de Regiones

 

Hasta el... Trámite

30 de abril de 2005

Los expedientes técnicos son remitidos al CND.

20 de mayo de 2005

CND emitirá informe aprobatorio o desaprobatorio del Expediente técnico a PCM.

27 de mayo de 2005 PCM emitirá resoluciones aprobatorias y las remitirá al JNE
1 de junio de 2005 JNE convoca a Referéndum para la conformación de las Regiones.
30 de octubre ONPE realizará Referéndum


¿Quiénes pueden presentar iniciativas para la conformación de Regiones?

Las propuestas de conformación de Regiones para ser aprobadas mediante referéndum pueden ser presentadas por:
 

  - Los Presidentes de los Gobiernos Regionales involucrados con el acuerdo de los respectivos Consejos Regionales, y concertados en el Consejo de Coordinación Regional.

- Los partidos políticos nacionales o movimientos regionales debidamente inscritos, con el respaldo del 10% de firmas de los ciudadanos de cada uno de los departamentos a integrarse.

- El 10% de los ciudadanos de cada uno de los departamentos a integrarse.
 
De no ser aprobada la conformación de Regiones en el referéndum, no se puede presentar una nueva iniciativa para la misma consulta, sino hasta después de 4 años.


¿Qué son las Juntas de Coordinación Interregional?

Son juntas o asociaciones de dos o más gobiernos regionales con dos objetivo importantes: (1) coordinar iniciativas de proyectos y políticas de desarrollo interdepartamental, (2) conformar regiones. Las Juntas pueden ser disueltas por acuerdo de los Gobiernos que la integran.

¿Qué Juntas de Coordinación Interregional existen?

Hasta el momento existen siete Juntas de Coordinación Interregional, de las cuales sólo tres han presentado su respectivo expediente técnico para la conformación de una nueva Región.

Debemos recordar que no existe fecha límite para la conformación de Juntas de Coordinación, ya que éstas no necesariamente tienen como objetivo conformar una región, sino que se pueden asociar para la gestión de grandes proyectos como es el caso de la Junta de Coordinación Apurimac-Cusco con el Proyecto Camisea.

A continuación las Juntas de Coordinación Interregional conformadas hasta el momento.
 

JCI Gobierno Regional Proyectos de desarrollo
Norte y Oriente (Internor) Amazonas
Cajamarca
Lambayeque
Piura
San Martín
Tumbes
- Corredor Bioceánico Norte y Oriente (IIRSA)
- Circuito Turístico del Norte y Oriente
- Eje Agroexportador Norte y Oriente
- Eje Vial IV
- Proyecto de Desarrollo Forestal Sierra Norte
Apurímac – Cusco Apurímac
Cusco
- Carretera Interoceánica del Sur (Ruta 26)
- Gas de Camisea
- Proyecto “Las Bambas”
- Promoción Turístico de Choquequirao
- Revaloración de camélidos sudamericanos
- Promoción de exportaciones
- Proyecto Desarrollo Forestal Sierra Centro-Sur
Región Amazónica Loreto
San Martín
- Rehabilitación y modernización de Puertos de Iquitos, Yurimaguas y Pucallpa
- Asfaltado carreteras F. Basadre y F. Belaunde
- Protección de la flora y fauna amazónicas
- Promoción del eco turismo
- Apoyo a los programas de Reforestación de Cuencas de los ríos Ponaza y Mishquiyacu
Macro Región Nor Centro Oriente Ancash
Huanuco
Junín
Lima (Provincias)
Pasco
- Carretera Interoceánica del Centro (IIRSA)
- Promoción de Ejes Turísticos Regionales
- Promoción de cadenas agroexportadoras
- Ampliación y modernización Aeropuerto de Jauja
Macro Región Sur Arequipa
Madre de Dios
Moquegua
Puno
Tacna
- Carretera Interoceánica del Sur (IIRSA)
- Promoción del Turismo en la Macro Región Sur
- Rescate y revaloración de la crianza de camélidos sudamericanos
- Promoción de las exportaciones
- Mejoramiento de puertos de Ilo y Matarani
Ayacucho – Huancavelica - Ica Ayacucho Huancavelica
Ica
- Asfaltado carretera Huancavelica-Rumichaca
- Promoción de Ejes Turísticos Regionales
- Promoción de cadenas agroexportadoras
- Revaloración camélidos sudamericanos
- Rescate y revaloración de cultivos andinos
- Modernización del Puerto San Juan de Marcota
- Mejoramiento del Aeropuerto de Pisco
- Proyecto Hidroenergético y de desarrollo agrícola Pampas Verdes
Cajamarca – La Libertad Cajamarca
La Libertad
 
- Corredor Bioceánico Norte y Oriente (IIRSA)
- Circuito Turístico del Norte y Oriente
- Eje Agroexportador Norte y Oriente


 

Las Juntas de Coordinación Interregional que no alcancen a presentar su expediente técnico al CND este fin de mes tendrán que esperar hasta el 2009.

¿Qué incentivos se les da a los Gobiernos Regionales que conforman Juntas de Coordinación Interregional?

Los incentivos más importantes que ofrece esta Ley tienen que ver con el acceso a recursos públicos:
 

  - Presupuesto Interregional.- Presupuesto para el financiamiento de los proyectos o actividades que hayan dado lugar a la Junta.

- Beneficios en el Fondo Intergubernamental para la Descentralización..- Los proyectos de influencia interregional presentados por las JCI tendrán prioridad y puntaje adicional en la evaluación frente a otro proyectos.

- Financiamiento de COFIDE.- Se destinará un porcentaje anual de los fondos de COFIDE para proyectos de inversión privado que se encuentren dentro del ámbito de las JCI.

- Incentivos a la inversión

También se ha previsto incentivos en materia de capacitación y asesoría especializada a través del CND en asuntos administrativos y legales, y asistencia técnica en la gestión de proyectos de alcance interregional y planificación regional que estén orientados a la conformación de Regiones. Además PROINVERSIÖN brindará asesoramiento permanente y especializado en temas relacionados con los sistemas y la promoción de la inversión.

Es importante señalar que esta Ley no ofrece incentivos fiscales, ya que la descentralización fiscal ya ha sido normada por el DL 955 de Descentralización Fiscal.
 


 

Transparencia Municipal


De acuerdo con la Ley N° 27806,
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, las entidades públicas están obligadas a implementar, en forma progresiva, portales de transparencia en Internet. En ese sentido el artículo 6° de la misma norma establece un cronograma para la publicación de los portales.
Según este el cronograma la mayoría de los gobiernos regionales y provinciales ya deberían contar con su respectivo portal de transparencia, salvo excepciones que se dan por problemas tecnológicos o de disponibilidad de recursos económicos.


Cuadro 1
Plazos de implementación de portales

 

Entidad Plazo

Gobierno regional

01 / 07 / 2003
Gobierno local provincial 01 / 01 / 2004
Gobierno local distrital 01 / 01 / 2004

¿Qué información debe contener una página web municipal?

El portal municipal, además de ser un medio a través del cual el gobierno local mantiene informado a los vecinos sobre diferentes aspectos del municipio y de su gestión, debe ser visto también como una importante herramienta para fortalecer e incentivar la comunicación con los vecinos.

Así, además de la información mínima exigida por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el portal web debe contar con espacios a través de los cuales los vecinos pueden interactuar con sus autoridades, como los foros públicos, encuestas de opinión, buzón de preguntas (las cuales deben ser respondidas en la brevedad posible), etc.

Es muy importante que los portales manejen un lenguaje y una estructura clara, práctica y sencilla, así mismo la información debe ser distribuida en el portal de manera ordenada, para que así cualquier ciudadano pueda tener fácil acceso a ésta.

A continuación les presentamos un cuadro con la información requerida en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, además de algunas recomendaciones para el contenido de un portal web.

 

Cuadro 2
Contenido del portal de transparencia

 

Información general Información específica
Datos generales - Normatividad Disposiciones y comunicados emitidos
Ordenanzas, decretos, acuerdos
Organización
Organigrama
TUPA
Información presupuestal Presupuesto anual (2003, 2004)
Presupuesto ejecutado trimestralmente (1er trimestre 2005)
Proyectos de Inversión (ejecutados y en ejecución)
Planillas de remuneraciones y beneficios de personal que labora en la municipalidad y sueldos que perciben.
Ingresos de personal (activo / pasivo, rango salarial)
Cuadro de Asignación de personal - CAP
Adquisición de bienes y servicios Contrataciones y Adquisiciones
(plan anual)
Convocatoria de los procesos de adquisiciones y contrataciones
Resultados de los procesos de contrataciones y adquisiciones
Relación de Proveedores
Actividades oficiales Actividades que desarrolló y desarrollará el alcalde y el teniente alcalde
Link de atención al ciudadano Link de comunicación con el público usuario con el web master de la página o con el responsable de atención al ciudadano
Fecha de actualización Actualizar periódicamente la información contenida en el portal e indicar en un lugar visible del mismo la fecha de la última actualización.
Nombre y correos de funcionarios designados Información sobre el funcionario responsable de atender las solicitudes de información (canal de atención al ciudadano) y el funcionario responsable de la elaboración y actualización del portal de transparencia.

La implementación de estos portales de transparencia constituye un real avance en el tema de acceso a la información pública, sin embargo, no debe ser la única herramienta de información y comunicación del municipio, sino que también se debe establecer otros canales o espacios de difusión y comunicación con la población, en especial en las zonas rurales en las que aún no se cuenta con acceso a Internet.

El Consejo Nacional de Descentralización ha diseñado un software para la implementación de portales electrónicos distritales y provinciales. 
En la siguiente dirección (http://www.ofimatic.cnd.gob.pe/PORTALES/000000/NOTICIAS
/99999540.PDF
) donde se encontrará además, un manual para la actualización de los portales municipales.

 

Sugerencias y consultas a:
Juana Nina
| Claudia Solari
 


Asociación Civil TRANSPARENCIA
Av. Belén 389, San Isidro, Lima 27, Perú
Teléfonos (511) 441-3234 / 441-3995 /
441-3916 / Fax (511) 221-7265


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Normas Legales ¡


Ley N° 28480: Ley de Reforma de los artículos 31° y 34° de la Constitución Política

En el artículo 31°, se han agregado dos párrafos: el primero señala que para ejercer el derecho al voto se requiere estar inscrito en el registro correspondiente, es decir establece de manera formal la inscripción en el padrón electoral para poder sufragar; y el segundo párrafo dispone que la ley establece los mecanismos para garantizar la neutralidad estatal durante los procesos electorales y de participación ciudadana.

La reforma del artículo 34° de la Constitución, señala que a partir de la fecha, los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional tienen derecho al voto y a la participación ciudadana. Asimismo, indica que no pueden postular a cargos de elección popular, participar en actividades partidarias o manifestaciones, ni realizar actos de proselitismo, mientras no hayan pasado a retiro.
 

Ley 28481: Ley que modifica el artículo 16° y la Primera Disposición Transitoria de la Ley 28274 “Ley de Incentivos para la Integración y Conformación de Regiones”

La modificatoria del artículo 16° de la Ley de Incentivos para la Integración y Conformación de Regiones, Ley 28274, consiste en una disminución del porcentaje de firmas de ciudadanos requerido para la presentación de una propuesta de iniciativa para la conformación de regiones. Antes, el porcentaje establecido era el 15% de ciudadanos de cada uno de los departamentos a integrarse, ahora es necesario sólo el 10%.

La Primera Disposición Transitoria modifica por segunda vez las fechas de presentación del Expediente Técnico para la conformación de regiones del año 2005, que se prorrogará hasta el 30 de abril del presente año (anteriormente se había establecido que el plazo era hasta el 31 de marzo). Además, la aprobación, desaprobación, subsanación y comunicación a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) por parte del Consejo Nacional de Descentralización será hasta el 20 de mayo del 2005; la emisión de la PCM de las resoluciones aprobatorias deberán ser remitidas al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) el 27 de mayo de 2005; y por último, el JNE tendrá hasta el 1 de junio para convocar a referéndum.

 

 

Nuevas autoridades distritales llamadas a revocatoria


Hasta el momento son 24 las autoridades municipales llamadas a consulta popular de revocatoria, programada para el domingo 3 de julio de 2005. Las autoridades incluidas, en el mes de marzo, a este proceso pertenecen a las siguientes circunscripciones:

* Distrito de Cotaruse, provincia de Aymaraes, departamento de Apurimac. Res N° 034-2005-JNE.
* Distrito de Kelluyo, provincia de Chucuito, departamento de Puno. Res N° 040-2005-JNE.
* Distrito de Asillo, Provincia de Azángaro, departamento de Puno. Res N° 041-2005-JNE.