|
Las Juntas de Coordinación
Interregional |
 |
|
El Congreso de la República aprobó el 10
de junio del 2004 la Ley de Incentivos para la Integración y
Conformación de Regiones. En esta ley se establecen los nuevos
cronogramas y procedimientos para la conformación de regiones, además
define los objetivos y las funciones de las Juntas de Coordinación
Interregional (JCI) así como los incentivos tributarios para su
creación.
¿Qué es la Integración Regional?
Es la unión de dos o más departamentos para la creación de una unidad
geográfica y económicamente sostenible (Región) que busca crear
mejores condiciones para el desarrollo regional del país
El procedimiento que establece la Ley para la creación de regiones es
el siguiente:
| |
- Las regiones ya establecidas
deben conformar Juntas de Coordinación Interregional (JCI) |
| |
- Las JCI presentan su
expediente técnico ante el CND sustentando la viabilidad de la
Región. |
| |
- El CND evalúa y aprueba o no
el expediente. |
| |
- El JNE convoca a Referéndum
para las solicitudes aprobadas. |
| |
- Se realiza el Referéndum para
la ratificación final de la conformación de la Región.
|
|
 |
El referéndum se
realiza sólo en los departamentos involucrados en la creación
de la nueva Región. Hasta el momento, se tienen programados
tres referéndum para la creación de nuevas regiones, el
primero es este año, y los siguientes serán en el 2009 y el
2013. |
Cuadro 3
Cronograma para la conformación de Regiones
|
Hasta el... |
Trámite |
|
30 de abril
de 2005 |
Los expedientes
técnicos son remitidos al CND. |
| 20 de mayo de
2005 |
CND emitirá
informe aprobatorio o desaprobatorio del Expediente técnico a
PCM. |
| 27 de mayo de
2005 |
PCM
emitirá resoluciones aprobatorias y las remitirá al JNE |
| 1 de junio de
2005 |
JNE
convoca a Referéndum para la conformación de las Regiones.
|
| 30 de octubre |
ONPE realizará Referéndum |
¿Quiénes pueden presentar iniciativas para la
conformación de Regiones?
Las propuestas de conformación de Regiones para ser aprobadas mediante
referéndum pueden ser presentadas por:
| |
- Los Presidentes
de los Gobiernos Regionales involucrados con el acuerdo de los
respectivos Consejos Regionales, y concertados en el Consejo de
Coordinación Regional.
- Los partidos políticos nacionales o movimientos regionales
debidamente inscritos, con el respaldo del 10% de firmas de los
ciudadanos de cada uno de los departamentos a integrarse.
- El 10% de los ciudadanos de cada uno de los departamentos a
integrarse.
|
 |
De no ser aprobada la conformación de
Regiones en el referéndum, no se puede presentar una nueva
iniciativa para la misma consulta, sino hasta después de 4 años. |
¿Qué son las Juntas de Coordinación
Interregional?
Son juntas o asociaciones de dos o más gobiernos regionales con dos
objetivo importantes: (1) coordinar iniciativas de proyectos y
políticas de desarrollo interdepartamental, (2) conformar regiones.
Las Juntas pueden ser disueltas por acuerdo de los Gobiernos que la
integran.
¿Qué Juntas de Coordinación Interregional
existen?
Hasta el momento existen siete Juntas de Coordinación Interregional,
de las cuales sólo tres han presentado su respectivo expediente
técnico para la conformación de una nueva Región.
Debemos recordar que no existe fecha límite para la conformación de
Juntas de Coordinación, ya que éstas no necesariamente tienen como
objetivo conformar una región, sino que se pueden asociar para la
gestión de grandes proyectos como es el caso de la Junta de
Coordinación Apurimac-Cusco con el Proyecto Camisea.
A continuación las Juntas de Coordinación Interregional conformadas
hasta el momento.
|
JCI |
Gobierno Regional |
Proyectos de desarrollo |
| Norte
y Oriente (Internor) |
Amazonas
Cajamarca
Lambayeque
Piura
San Martín
Tumbes |
- Corredor Bioceánico Norte y
Oriente (IIRSA)
- Circuito Turístico del Norte y Oriente
- Eje Agroexportador Norte y Oriente
- Eje Vial IV
- Proyecto de Desarrollo Forestal Sierra Norte |
|
Apurímac – Cusco |
Apurímac
Cusco |
- Carretera Interoceánica del
Sur (Ruta 26)
- Gas de Camisea
- Proyecto “Las Bambas”
- Promoción Turístico de Choquequirao
- Revaloración de camélidos sudamericanos
- Promoción de exportaciones
- Proyecto Desarrollo Forestal Sierra Centro-Sur |
| Región
Amazónica |
Loreto
San Martín |
- Rehabilitación y modernización
de Puertos de Iquitos, Yurimaguas y Pucallpa
- Asfaltado carreteras F. Basadre y F. Belaunde
- Protección de la flora y fauna amazónicas
- Promoción del eco turismo
- Apoyo a los programas de Reforestación de Cuencas de los ríos
Ponaza y Mishquiyacu |
| Macro
Región Nor Centro Oriente |
Ancash
Huanuco
Junín
Lima (Provincias)
Pasco |
- Carretera Interoceánica del
Centro (IIRSA)
- Promoción de Ejes Turísticos Regionales
- Promoción de cadenas agroexportadoras
- Ampliación y modernización Aeropuerto de Jauja |
| Macro
Región Sur |
Arequipa
Madre de Dios
Moquegua
Puno
Tacna |
- Carretera Interoceánica del
Sur (IIRSA)
- Promoción del Turismo en la Macro Región Sur
- Rescate y revaloración de la crianza de camélidos sudamericanos
- Promoción de las exportaciones
- Mejoramiento de puertos de Ilo y Matarani |
|
Ayacucho – Huancavelica - Ica |
Ayacucho Huancavelica
Ica |
- Asfaltado carretera
Huancavelica-Rumichaca
- Promoción de Ejes Turísticos Regionales
- Promoción de cadenas agroexportadoras
- Revaloración camélidos sudamericanos
- Rescate y revaloración de cultivos andinos
- Modernización del Puerto San Juan de Marcota
- Mejoramiento del Aeropuerto de Pisco
- Proyecto Hidroenergético y de desarrollo agrícola Pampas Verdes |
|
Cajamarca – La Libertad |
Cajamarca
La Libertad
|
- Corredor Bioceánico Norte y
Oriente (IIRSA)
- Circuito Turístico del Norte y Oriente
- Eje Agroexportador Norte y Oriente |
|
 |
Las Juntas de
Coordinación Interregional que no alcancen a presentar su
expediente técnico al CND este fin de mes tendrán que esperar
hasta el 2009. |
¿Qué incentivos se les da a los Gobiernos
Regionales que conforman Juntas de Coordinación Interregional?
Los incentivos más importantes que ofrece esta Ley tienen que ver
con el acceso a recursos públicos:
| |
- Presupuesto Interregional.-
Presupuesto para el financiamiento de los proyectos o
actividades que hayan dado lugar a la Junta.
- Beneficios en el Fondo Intergubernamental para la
Descentralización..- Los proyectos de influencia interregional
presentados por las JCI tendrán prioridad y puntaje adicional en
la evaluación frente a otro proyectos.
- Financiamiento de COFIDE.- Se destinará un porcentaje anual de
los fondos de COFIDE para proyectos de inversión privado que se
encuentren dentro del ámbito de las JCI.
- Incentivos a la inversión |
También se ha previsto
incentivos en materia de capacitación y asesoría especializada a
través del CND en asuntos administrativos y legales, y asistencia
técnica en la gestión de proyectos de alcance interregional y
planificación regional que estén orientados a la conformación de
Regiones. Además PROINVERSIÖN brindará asesoramiento permanente y
especializado en temas relacionados con los sistemas y la promoción
de la inversión.
Es importante señalar que esta Ley no
ofrece incentivos fiscales, ya que la descentralización fiscal ya ha
sido normada por el DL 955 de Descentralización Fiscal.
|
|
Transparencia Municipal |
 |
|
De acuerdo con la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública, las entidades públicas están
obligadas a implementar, en forma progresiva, portales de
transparencia en Internet. En ese sentido el artículo 6° de la misma
norma establece un cronograma para la publicación de los portales.
Según este el cronograma la mayoría de los gobiernos regionales y
provinciales ya deberían contar con su respectivo portal de
transparencia, salvo excepciones que se dan por problemas
tecnológicos o de disponibilidad de recursos económicos.
Cuadro 1
Plazos de implementación de portales
|
Entidad |
Plazo |
|
Gobierno
regional |
01 / 07 / 2003 |
| Gobierno
local provincial |
01 / 01 / 2004 |
| Gobierno
local distrital |
01 / 01 / 2004 |
¿Qué
información debe contener una página web municipal?
El portal municipal, además de ser un medio a través del cual el
gobierno local mantiene informado a los vecinos sobre diferentes
aspectos del municipio y de su gestión, debe ser visto también como
una importante herramienta para fortalecer e incentivar la
comunicación con los vecinos.
Así, además de la información mínima exigida por la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública, el portal web debe
contar con espacios a través de los cuales los vecinos pueden
interactuar con sus autoridades, como los foros públicos, encuestas
de opinión, buzón de preguntas (las cuales deben ser respondidas en
la brevedad posible), etc.
Es muy importante que los portales manejen un lenguaje y una
estructura clara, práctica y sencilla, así mismo la información debe
ser distribuida en el portal de manera ordenada, para que así
cualquier ciudadano pueda tener fácil acceso a ésta.
A continuación les presentamos un cuadro con la información
requerida en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información,
además de algunas recomendaciones para el contenido de un portal
web.
Cuadro 2
Contenido del portal de transparencia
|
Información general |
Información
específica |
|
Datos generales - Normatividad |
Disposiciones y
comunicados emitidos |
| Ordenanzas,
decretos, acuerdos |
| Organización |
| Organigrama |
| TUPA |
|
Información presupuestal |
Presupuesto
anual (2003, 2004) |
| Presupuesto
ejecutado trimestralmente (1er trimestre 2005) |
| Proyectos de
Inversión (ejecutados y en ejecución) |
| Planillas de
remuneraciones y beneficios de personal que labora en la
municipalidad y sueldos que perciben. |
| Ingresos de
personal (activo / pasivo, rango salarial) |
| Cuadro de
Asignación de personal - CAP |
|
Adquisición de bienes y
servicios |
Contrataciones
y Adquisiciones
(plan anual) |
| Convocatoria de
los procesos de adquisiciones y contrataciones |
| Resultados de
los procesos de contrataciones y adquisiciones |
| Relación de
Proveedores |
|
Actividades oficiales |
Actividades que
desarrolló y desarrollará el alcalde y el teniente alcalde |
|
Link de atención al ciudadano |
Link de
comunicación con el público usuario con el web master de la
página o con el responsable de atención al ciudadano |
|
Fecha de actualización |
Actualizar
periódicamente la información contenida en el portal e indicar
en un lugar visible del mismo la fecha de la última
actualización. |
|
Nombre y correos de funcionarios designados |
Información
sobre el funcionario responsable de atender las solicitudes de
información (canal de atención al ciudadano) y el funcionario
responsable de la elaboración y actualización del portal de
transparencia. |
La implementación de
estos portales de transparencia constituye un real avance en el
tema de acceso a la información pública, sin embargo, no debe ser
la única herramienta de información y comunicación del municipio,
sino que también se debe establecer otros canales o espacios de
difusión y comunicación con la población, en especial en las zonas
rurales en las que aún no se cuenta con acceso a Internet.
|
|
Sugerencias y consultas a:
Juana Nina
|
Claudia Solari
|
|

Asociación Civil TRANSPARENCIA
Av. Belén 389, San Isidro, Lima 27, Perú
Teléfonos (511) 441-3234 / 441-3995 /
441-3916 / Fax (511) 221-7265
Esta publicación se realiza gracias al apoyo de

|
|
|
¡ Lo
último en
Normas Legales ¡ |
|
Ley N° 28480:
Ley de Reforma de los artículos 31° y 34° de la Constitución Política
En el artículo 31°, se han agregado dos párrafos: el primero señala
que para ejercer el derecho al voto se
requiere estar inscrito en el registro correspondiente, es
decir establece de manera formal la inscripción en el padrón electoral
para poder sufragar; y el segundo párrafo dispone que la ley establece
los mecanismos para garantizar la neutralidad
estatal durante los procesos electorales y de participación ciudadana.
La reforma del artículo 34° de la Constitución, señala que a partir de
la fecha, los miembros de las Fuerzas Armadas
y de la Policía Nacional tienen derecho al voto y a la participación
ciudadana. Asimismo, indica que no pueden postular a cargos
de elección popular, participar en actividades partidarias o
manifestaciones, ni realizar actos de proselitismo, mientras no hayan
pasado a retiro.
Ley 28481:
Ley que modifica el artículo 16° y la Primera Disposición Transitoria
de la Ley 28274 “Ley de Incentivos para la Integración y Conformación
de Regiones”
La modificatoria del artículo 16° de la Ley de Incentivos para la
Integración y Conformación de Regiones, Ley 28274, consiste en una
disminución del porcentaje de firmas de ciudadanos requerido para la
presentación de una propuesta de iniciativa para la conformación de
regiones. Antes, el porcentaje establecido era el 15% de ciudadanos de
cada uno de los departamentos a integrarse, ahora es necesario sólo el
10%.
La Primera Disposición Transitoria modifica por segunda vez las fechas
de presentación del Expediente Técnico para la conformación de
regiones del año 2005, que se prorrogará hasta el 30 de abril del
presente año (anteriormente se había establecido que el plazo era
hasta el 31 de marzo). Además, la aprobación, desaprobación,
subsanación y comunicación a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM)
por parte del Consejo Nacional de Descentralización será hasta el 20
de mayo del 2005; la emisión de la PCM de las resoluciones
aprobatorias deberán ser remitidas al Jurado Nacional de Elecciones (JNE)
el 27 de mayo de 2005; y por último, el JNE tendrá hasta el 1 de junio
para convocar a referéndum.
|
| |
|
Nuevas
autoridades distritales llamadas a revocatoria |
|
Hasta el momento son
24 las autoridades municipales llamadas a consulta popular de
revocatoria, programada para el domingo 3 de julio de 2005. Las
autoridades incluidas, en el mes de marzo, a este proceso pertenecen a
las siguientes circunscripciones:
* Distrito de Cotaruse, provincia de Aymaraes, departamento de
Apurimac. Res N° 034-2005-JNE.
* Distrito de Kelluyo, provincia de Chucuito, departamento de Puno.
Res N° 040-2005-JNE.
* Distrito de Asillo, Provincia de Azángaro, departamento de Puno. Res
N° 041-2005-JNE.
|
|
|
|
|
|
|