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fuente: consode

cabría preguntarnos, ¿por qué no han sido utilizados los otros mecanismos de participación que contempla la ley 26300?. su no funcionamiento revela la existencia de un problema, y ello radica, primero, en el tema de los requisitos establecidos para que proceda una solicitud, ya que para muchos el número de firmas que se pide es demasiado elevado si tomamos en cuenta que la recolección es trabajosa y costosa para un ciudadano promedio; y segundo, en la desinformación o falta de cultura democrática en estos temas.

es así, que estos mecanismos que en la teoría parecen ser un avance en el tema de los derechos de participación y control ciudadano, en la práctica no lo son, puesto que no funcionan efectivamente.

cuadro 3
número de firmas requerido

mecanismos requisitos
iniciativas legislativas
(nivel nacional)
0.3% población electoral nacional
iniciativas legislativas
(nivel municipal)
1% población electoral de la localidad
referéndum 10% electorado nacional
demanda de rendición
de cuentas
20% población electoral
remoción 50% ciudadanos de la jurisdicción
revocatorias 25% electores de la circunscripción

 


 
¿qué entendemos por?

 

planes de acondicionamiento territorial

los planes de acondicionamiento territorial son instrumentos orientadores de las acciones, actividades, obras y/o proyectos a ejecutar por el gobierno local, que tienen como propósito lograr un uso racional del espacio territorial que forma parte de su jurisdicción.

ello implica, entre otras cosas, tener en cuenta : la realización de una planificación rural y urbana de las acciones del gobierno local, el hacer uso racional de los recursos y del espacio en el que se realicen las actividades u obras, el compatibilizar la organización del espacio territorial con la población que la habita, sus actividades productivas y sociales, el estudiar el impacto ambiental que puede generar una transformación del territorio o del espacio de desarrollo, entre otros. son, pues, instrumentos de planificación dirigidos a programar y regular acciones tendientes a procurar el aprovechamiento y desarrollo sostenible del espacio en beneficio de los intereses de la población.

 

 

 

sugerencias y consultas a:
juana nina
| claudia solari
 


asociación civil transparencia
av. belén 389, san isidro, lima 27, perú
teléfonos (511) 441-3234 / 441-3995 /
441-3916 / fax (511) 221-7265


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decreto supremo n° 017-2005-pcm: convocan a elecciones municipales complementarias

luego de llevarse a cabo el 17 de octubre de 2004 la consulta popular de revocatoria, en determinados municipios fueron revocados más de un tercio de los miembros del concejo distrital. en estos casos, la ley 26300 (ley de los derechos de participación y control ciudadanos) establece que se debe convocar a nuevas elecciones.

es por ello que mediante decreto supremo, para el día domingo 3 de julio del presente año se convocan a elecciones de alcaldes y regidores de los concejos distritales que se detallan a continuación:

 

departa-mento

provincia distrito
ancash aija huacllán
ancash corongo bambas
ancash recuay catac
apurímac abancay huanipaca
apurímac grau    turpay
arequipa caylloma coporaque
arequipa caylloma cabana-conde
arequipa caravelí cahuacho
cajamarca celendín jorge chávez
cajamarca contu-maza tantarica
huancavelica castro-virreyna aurahua
huancavelica tayacaja acraquia
huancavelica tayacaja Ñahuim-puquio
junín chupaca chongos bajo
la libertad virú chao
lima huaral  veintisiete de noviembre
lima lima pucusana
lima yauyos lincha
puno moho tilali
tacna canda-rave cairani
tacna tacna