Los gobiernos regionales son organismos autónomos de gobierno cuya jurisdicción comprende la circunscripción territorial de su región. Estos gobiernos emanan de la voluntad popular y tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia.
Su finalidad esencial es el fomento del desarrollo regional integral sostenible de su región, promoviendo la inversión y el empleo, y garantizando el ejercicio pleno de los derechos constitucionales.
Su misión es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región.
Elecciones regionales
Las elecciones regionales se realizan cada cuatro años y sirven para elegir a las autoridades de los gobiernos regionales.
Las autoridades de los gobiernos regionales que serán objeto de elección son los siguientes:
Estas elecciones se realizan conjuntamente con las municipales, siendo la fecha el tercer domingo del mes de noviembre. Son convocadas con un mínimo de doscientos cuarenta días naturales antes de la fecha del sufragio.
Presidente y vicepresidente
El presidente y el vicepresidente son elegidos conjuntamente por un periodo de cuatro años, y para ser elegidos requieren que su respectiva lista obtenga la votación más alta.
Consejo regional
El número de miembros del Consejo Regional es igual al número de provincias de dicha región (en el caso del Callao se rige por el número de distritos), sin embargo, el mínimo es de siete consejeros. Del mismo modo, cada provincia obtendrá como mínimo un representante en el consejo regional. Son elegidos por un periodo de cuatro años
Requisitos para la inscripción
Para inscribirse en la elección, las organizaciones políticas deben acreditar una relación de adherentes de al menos el 2.5% de los electores de la región. Pueden inscribirse hasta ciento veinte días naturales antes de la elección.
Requisitos para postular
Ser peruano nacido en las provincias en que postula o residente de la misma por un mínimo de tres años.
Ser mayor de edad para postular a consejero.
Ser mayor de 25 años para postular a presidente y vicepresidente.
Gozar del derecho de sufragio.
Estar inscrito en el RENIEC.
Sistema de elección
La postulación es bajo la forma de listas y la votación también. El presidente y el vicepresidente de la lista ganadora son automáticamente elegidos para el cargo. A la lista ganadora se le asigna la mitad más uno de los cargos de consejeros regionales o se le asigna la cifra repartidora, lo que más le favorezca. La cifra repartidora se asigna a las demás listas para determinar los cargos que le corresponden a cada una, cuidando de no repetir la representación por provincia.